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Recurso · Compliance fiscal 2027

VERIFACTU:
LA GUÍA DEFINITIVA PARA PYMES Y AUTÓNOMOS.

Qué es, a quién afecta, fechas oficiales, sanciones, requisitos técnicos y cómo preparar tu empresa antes de las fechas de obligatoriedad. Sin jerga vacía, con la normativa en la mano.

Real Decreto 1007/2023 Orden HAC/1177/2024 Actualizado mayo 2026
Cuenta atrás oficial

Tiempo hasta la obligatoriedad

Sociedades
222
días naturales (~7 meses)
1 de enero de 2027
Entrada en vigor para sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
Autónomos
403
días naturales (~13 meses)
1 de julio de 2027
Entrada en vigor para autónomos en estimación directa (IRPF).

Verifactu es el cambio normativo fiscal más relevante para empresas y autónomos en la próxima década. En 2027 deja de ser una recomendación: pasa a ser obligatorio. Esta guía te explica qué cambia, cuándo y qué tienes que hacer ahora para llegar preparado.

Qué es Verifactu

Verifactu es el sistema oficial de la Agencia Tributaria para el envío de registros de facturación de forma automática, verificable e inalterable. Se enmarca dentro del Real Decreto 1007/2023 y se desarrolla técnicamente en la Orden HAC/1177/2024.

Lo que cambia respecto a la facturación tradicional no es la factura en sí (siguen siendo válidas las facturas en papel o PDF), sino el sistema técnico que las genera y conserva. A partir de las fechas de entrada en vigor, todo software de facturación utilizado en España deberá:

  • Generar un código de verificación único (huella o hash) por cada factura.
  • Encadenar cada registro con el anterior para impedir manipulaciones posteriores.
  • Permitir el envío automático a la AEAT (modalidad Verifactu) o conservar los registros con integridad para entrega bajo requerimiento.
  • Estar incluido en la lista oficial de software adaptado publicada por la AEAT.
  • Estar respaldado por una declaración responsable del fabricante.

El objetivo declarado por la AEAT es reducir el fraude fiscal asociado a software de doble uso (programas que permiten emitir facturas falsas o eliminar registros sin trazabilidad), pero el impacto operativo afecta a todas las empresas y autónomos, también a quienes nunca han tenido intención fraudulenta. La normativa no distingue por intención, sino por capacidad técnica del software empleado.

Marco normativo en una línea

Real Decreto 1007/2023 establece los requisitos para los sistemas y programas informáticos que soporten los procesos de facturación. La Orden HAC/1177/2024 desarrolla la especificación técnica, los formatos de datos y los plazos de remisión. Ambos textos son consultables en el Boletín Oficial del Estado.

Fechas clave 2027

Hay dos fechas oficiales que conviene tener marcadas en el calendario:

1 enero 2027

Sociedades

Obligatoriedad para sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades. Incluye S.L., S.A., cooperativas, entidades sin personalidad jurídica con ánimo de lucro y similares en régimen común.

1 julio 2027

Autónomos

Obligatoriedad para autónomos en estimación directa (IRPF). Quedan fuera quienes tributen en módulos (estimación objetiva) y otros regímenes específicos.

Hasta esas fechas, Verifactu es de adopción voluntaria. La AEAT recomienda implantarlo con antelación para evitar saturación de proveedores y de soporte en los meses previos. Quien implante voluntariamente puede beneficiarse de un periodo de adaptación más cómodo, sin la presión del cumplimiento obligatorio.

Por qué importa empezar ahora, en 2026

Cambiar de software empresarial no se hace en una tarde. Una migración de ERP o software contable razonable lleva entre uno y seis meses según volumen de datos, complejidad del flujo y formación del equipo. Si esperas a finales de 2026 para mover ficha, te arriesgas a entrar en 2027 sin sistema operativo. Si tu empresa factura semanalmente, no facturar en enero significa no cobrar.

A quién afecta Verifactu

Verifactu aplica a quien emite facturas en territorio común español. La obligatoriedad concreta depende del régimen fiscal:

Obligados

  • Sociedades mercantiles sujetas al Impuesto sobre Sociedades (S.L., S.A., cooperativas, etc.).
  • Autónomos en estimación directa (IRPF) — tanto normal como simplificada.
  • Entidades en atribución de rentas (comunidades de bienes, sociedades civiles) cuando emitan facturas en régimen común.

No obligados (o sujetos a normativa distinta)

  • Autónomos en estimación objetiva (módulos) — no tienen obligación de Verifactu mientras se mantengan en ese régimen.
  • Empresas adscritas al SII (Suministro Inmediato de Información) — el SII ya cubre la remisión inmediata a la AEAT, por lo que Verifactu no se les aplica de forma adicional.
  • Empresas y autónomos con domicilio fiscal en País Vasco — sujetos a TicketBAI según su Diputación Foral.
  • Empresas y autónomos con domicilio fiscal en Navarra — sujetos a normativa foral propia.
  • Operaciones exentas de facturación — quienes no tengan obligación de emitir factura no necesitan adaptar nada.

La duda más frecuente: ¿y si mi empresa opera en País Vasco y en territorio común a la vez? Depende del domicilio fiscal y de la actividad concreta. En la mayoría de casos, el software empresarial moderno cubre los dos sistemas (Verifactu + TicketBAI) y permite emitir factura según corresponda al destinatario. Detalle ampliado en Verifactu vs TicketBAI.

Sanciones por incumplimiento

El Real Decreto 1007/2023 contempla dos tipos principales de infracción: el uso de software no adaptado y la fabricación o comercialización de software que no cumpla los requisitos técnicos.

Sanciones para empresas y autónomos

Las empresas que utilicen software no compatible una vez entrada la obligatoriedad pueden enfrentarse a multas de hasta 50.000 euros por ejercicio fiscal. La cantidad concreta depende del tipo de incumplimiento (uso de software sin certificar, ausencia de huella, no remisión a la AEAT), la reincidencia y la facturación de la empresa. Las sanciones más graves se reservan a casos de uso deliberado de software de doble uso destinado a manipular registros.

Sanciones para fabricantes de software

Los desarrolladores y comercializadores de software que comercialicen herramientas no adaptadas pueden enfrentarse a sanciones todavía mayores, según el reglamento. Para el fabricante, vender un programa no compatible una vez entrada la obligatoriedad es un riesgo regulatorio que afecta a toda su cartera de clientes. Por eso es habitual que los proveedores serios pidan tiempo de adaptación con antelación.

Sanciones colaterales

Más allá de la multa directa, el incumplimiento conlleva consecuencias indirectas relevantes: inspecciones más probables, requerimientos de información adicionales, retrasos en devoluciones de IVA y pérdida de confianza con clientes y proveedores que cada vez exigen más trazabilidad documental en sus operaciones.

Requisitos técnicos del software

La Orden HAC/1177/2024 detalla las especificaciones técnicas que debe cumplir cualquier programa de facturación. Resumido:

Integridad e inalterabilidad

Cada registro de facturación debe llevar una huella criptográfica única que impida modificaciones posteriores sin dejar rastro.

Encadenamiento de registros

Cada nueva factura incorpora datos de la anterior. Manipular una factura intermedia rompe la cadena y es detectable por la AEAT.

Trazabilidad completa

Registro detallado de fechas, hora, usuario emisor y datos identificativos del software empleado en cada operación.

Remisión a la AEAT

Capacidad de envío automático a la AEAT (modalidad Verifactu) o conservación local segura para entrega bajo requerimiento.

Correcciones reguladas

Anular o rectificar una factura debe seguir el procedimiento normativo, dejando registro de la operación de corrección.

Declaración responsable

El fabricante debe presentar declaración responsable ante la AEAT confirmando el cumplimiento de los requisitos.

Verifactu vs TicketBAI

Conviene aclarar la diferencia, porque ambos sistemas se mencionan en el mismo contexto pero son normativas distintas.

Criterio Verifactu TicketBAI
Ámbito territorial Territorio común (resto de España) País Vasco (Bizkaia, Gipuzkoa, Araba)
Autoridad competente Agencia Tributaria (AEAT) Diputaciones Forales del País Vasco
Normativa RD 1007/2023, Orden HAC/1177/2024 Norma Foral propia por Diputación
Entrada en vigor Enero 2027 (sociedades) y julio 2027 (autónomos) Ya en vigor por escalonamiento desde 2022
Identificador único Huella (hash) y encadenamiento TBAI ID y código QR en factura
Remisión Modalidad automática o registro local Envío obligatorio a Hacienda Foral

Una empresa con domicilio fiscal en País Vasco está sujeta a TicketBAI. Una empresa con domicilio fiscal en territorio común está sujeta a Verifactu. Una empresa con operaciones en ambos territorios debe consultar con su asesor para determinar las obligaciones cruzadas, y elegir software que cubra los dos sistemas. Análisis comparativo completo en Verifactu vs TicketBAI: diferencias y software compatible.

Cómo elegir software compatible

Los criterios para elegir software Verifactu compatible no se reducen a "aparecer en la lista AEAT". Hay otros factores que diferencian un programa adecuado de uno solamente legal:

  1. Inclusión en la lista oficial AEAT — requisito mínimo. Si no está, no es Verifactu compatible aunque el fabricante diga lo contrario.
  2. Soporte para factura electrónica B2B — el RD 238/2026 (factura electrónica obligatoria entre empresas) entra en vigor también en 2027. Elegir software que cubra ambas normativas evita doble migración.
  3. Manejo de correcciones y anulaciones — operativa real de cualquier negocio: facturas que se devuelven, abonos, rectificaciones. El programa debe gestionarlas dentro del marco Verifactu sin romper la cadena.
  4. Soporte y formación en castellano — la documentación oficial AEAT está en castellano. Trabajar con software cuyo soporte no domine la normativa española añade riesgo innecesario.
  5. Roadmap del fabricante — el programa hoy debe seguir adaptándose a futuras modificaciones de la normativa. Un fabricante sin equipo dedicado al cumplimiento es una bomba de relojería.
  6. Integración con tu ecosistema actual — bancos, pasarelas de cobro, CRM, ecommerce, hojas de cálculo de tu equipo. La compatibilidad real es lo que decide si funcionará a diario.
  7. Modelo de precio sostenible — algunos proveedores cobrarán por la adaptación a Verifactu como módulo extra. Conviene preguntar.

Análisis detallado de los criterios en cómo elegir software Verifactu compatible en 2026.

Checklist: ¿estoy preparado?

Cinco preguntas para auto-evaluar el estado de tu empresa. Si respondes "no" a dos o más, conviene actuar ya:

  1. ¿Sabes si tu software actual es compatible con Verifactu? (Consulta la lista oficial AEAT.)
  2. Si no es compatible, ¿el fabricante ha confirmado por escrito que lo será antes de tu fecha de obligatoriedad?
  3. ¿Tu software actual cubre también factura electrónica B2B obligatoria (RD 238/2026)?
  4. ¿Tu equipo contable o tu asesoría sabe operar el sistema bajo Verifactu (correcciones, anulaciones, envíos)?
  5. ¿Tienes plan de contingencia si el cambio no funciona el día uno?

Si las cinco respuestas son "sí", buen trabajo. Si hay dos o más "no", lo razonable es planificar la migración antes del cuarto trimestre de 2026 para llegar al 1 de enero o 1 de julio de 2027 con todo operativo.

Qué hacer si tu software actual NO es compatible

Tres caminos posibles, ordenados de menos a más esfuerzo:

1. Esperar a que el fabricante actualice

Si tu proveedor confirma por escrito que su programa estará en la lista AEAT antes de tu fecha de obligatoriedad, puedes esperar. Pide siempre la confirmación en email o documento. Las promesas verbales no protegen frente a la AEAT.

2. Migrar a una versión nueva del mismo proveedor

Algunos fabricantes (especialmente de ERPs antiguos como ContaPlus, FacturaPlus, Sage 50 versiones legacy) ofrecen una versión nueva que sí es Verifactu compatible, pero requiere actualización de licencia y, a veces, migración de datos. Suele ser más sencillo que cambiar de proveedor, aunque el coste puede ser alto.

3. Migrar a un ERP estándar moderno

La opción más limpia a medio plazo: cambiar a un ERP estándar ya Verifactu compatible, factura electrónica B2B preparada y mantenimiento delegado en un equipo dedicado al cumplimiento normativo. Es la opción que más recomendamos cuando el software actual es heredado, está abandonado por su proveedor o no se actualizará a tiempo.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es Verifactu y para qué sirve?

+

Verifactu es el sistema oficial de la Agencia Tributaria (AEAT) para el envío de registros de facturación de forma automática y verificable. Se enmarca dentro del Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Su objetivo es garantizar que las facturas emitidas por empresas y autónomos sean inalterables, trazables y compartidas con la AEAT en tiempo real o casi real. Sustituye a los antiguos sistemas de facturación que no cumplen los requisitos de integridad e inalterabilidad exigidos por la nueva normativa.

¿Cuándo entra en vigor Verifactu?

+

Las fechas oficiales son dos. El 1 de enero de 2027 entra en vigor para sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades. El 1 de julio de 2027 entra en vigor para autónomos en estimación directa (IRPF). Hasta esa fecha, Verifactu es de adopción voluntaria. A partir de las fechas indicadas, su uso será obligatorio para todos los obligados tributarios incluidos en cada categoría.

¿A quién afecta Verifactu?

+

Verifactu afecta a sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades y a autónomos en estimación directa (no en módulos). Quedan excluidos los sujetos pasivos que tributen por el régimen de estimación objetiva (módulos), los acogidos al SII de IVA y los contribuyentes del País Vasco y Navarra, que tienen su propia normativa autonómica (TicketBAI y similares). Toda persona jurídica o física que emita facturas en territorio común y no esté exenta deberá usar software adaptado a Verifactu desde su fecha de entrada en vigor.

¿Qué pasa si mi software actual no es compatible con Verifactu?

+

Si tu software no aparece en la lista oficial de software adaptado publicada por la AEAT, tienes tres opciones. Primero, comprobar si el fabricante actualizará el programa antes de la fecha de obligatoriedad. Segundo, migrar a un software ya certificado. Tercero, si el proveedor confirma que no actualizará, planificar una migración con tiempo suficiente para evitar tener que cambiar de sistema con la normativa ya en vigor. Trabajar con una herramienta no compatible una vez entrada la obligatoriedad expone a la empresa y al fabricante a sanciones.

¿Cuáles son las sanciones por no usar Verifactu?

+

El Real Decreto 1007/2023 y la normativa fiscal asociada contemplan multas de hasta 50.000 euros por ejercicio para empresas que utilicen software no compatible o que no cumplan con los requisitos de remisión. Los fabricantes de software pueden ser sancionados con cantidades aún más altas por comercializar herramientas que no cumplan los requisitos técnicos exigidos. Las multas concretas dependen del tipo de incumplimiento, la reincidencia y la facturación de la empresa.

¿Verifactu y TicketBAI son lo mismo?

+

No. TicketBAI es el sistema obligatorio para empresas y autónomos con residencia fiscal en las tres Diputaciones Forales del País Vasco (Bizkaia, Gipuzkoa y Araba). Verifactu es el sistema nacional aplicable en el resto de España bajo competencia de la AEAT. Una empresa con domicilio fiscal en País Vasco que opere también en territorio común podría tener obligaciones cruzadas dependiendo de la actividad. Son normativas separadas, con requisitos técnicos parecidos pero sistemas de remisión y procedimientos distintos.

¿Verifactu obliga a enviar todas las facturas a la AEAT?

+

El sistema Verifactu tiene dos modalidades. En la modalidad de remisión automática, cada factura emitida se envía a la AEAT en tiempo real o casi real. En la modalidad sin remisión automática (registro local), las facturas se almacenan con todos los requisitos de integridad (huella o hash, encadenamiento) y se ponen a disposición de la AEAT cuando sean requeridas. Ambas modalidades son válidas, aunque la remisión automática simplifica las obligaciones formales y reduce el riesgo de error.

¿Qué requisitos técnicos debe cumplir un software Verifactu?

+

Un software Verifactu compatible debe generar un código de verificación o hash único por factura, encadenar cada registro con el anterior para impedir alteraciones, registrar los datos exigidos por la Orden HAC/1177/2024, soportar la remisión a la AEAT por canal seguro, generar declaraciones responsables del fabricante y permitir las correcciones y anulaciones reguladas. Además debe figurar en la lista oficial de software adaptado publicada por la AEAT.

¿Verifactu y la factura electrónica B2B son la misma normativa?

+

No, son normativas distintas pero complementarias. Verifactu regula el formato e integridad de los registros de facturación con la AEAT. La factura electrónica B2B obligatoria entre empresas se regula por la Ley Crea y Crece y su reglamento de desarrollo. En la práctica, el software empresarial que adopte una empresa en 2026-2027 debería cubrir ambas normativas, porque entrarán en vigor en plazos muy cercanos y comparten arquitectura técnica.

¿Cómo sé si mi software actual está en la lista oficial de la AEAT?

+

La AEAT publica y actualiza periódicamente la lista oficial de software adaptado a Verifactu en su sede electrónica. Consulta directamente la sede electrónica de la Agencia Tributaria o pregunta a tu proveedor por la fecha en la que aparecerá en dicha lista si todavía no figura. Cualquier programa que no esté en esa lista cuando entre en vigor la obligación no podrá usarse legalmente para emitir facturas en España.

¿Qué hago si trabajo con un software a medida desarrollado para mi empresa?

+

El software a medida también está sujeto a Verifactu. El fabricante o desarrollador debe adaptar el sistema a los requisitos técnicos de la Orden HAC/1177/2024 y presentar la declaración responsable correspondiente. Si el desarrollo original ya no recibe mantenimiento o si la adaptación requiere un esfuerzo desproporcionado, la opción razonable es migrar a un ERP estándar Verifactu compatible y aprovechar el cambio normativo para modernizar la infraestructura. En cualquier caso, conviene decidirlo con varios meses de margen.

¿Qué pasa si emito menos de cien facturas al año? ¿Verifactu también me obliga?

+

El umbral de obligatoriedad no depende del volumen de facturas emitidas, sino del régimen fiscal aplicable. Una sociedad mercantil con cinco facturas al año está sujeta a Verifactu igual que una con cinco mil. Un autónomo en estimación directa con pocas facturas también está sujeto. La única forma de no estar sujeto es pertenecer a un régimen excluido (módulos, SII, regímenes forales) o no emitir factura sujeta a IVA en territorio común.

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