Qué es la factura electrónica B2B
La factura electrónica B2B es una factura emitida en un formato estructurado e interoperable (no un PDF cualquiera) entre empresas y autónomos. La Ley 18/2022 “Crea y Crece” estableció la obligación; el Real Decreto 238/2026 desarrolla el reglamento técnico y los plazos definitivos.
A diferencia de un PDF enviado por email, una factura electrónica B2B contiene los datos en campos legibles por máquina (Facturae XML, UBL 2.1 o EN 16931), lo que permite a la contabilidad del receptor procesarla automáticamente y al emisor recibir confirmaciones de estado.
Plazos previstos
Los plazos definitivos dependen de la publicación final del reglamento y de la facturación anual del obligado:
- Empresas con facturación superior a 8 millones de euros al año: 12 meses tras la publicación oficial del reglamento.
- Resto de empresas y autónomos: 24 meses tras la publicación oficial.
Conviene revisar la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para el calendario exacto vigente. El sistema convivirá con un periodo en el que ambas partes (emisor y receptor) deberán estar adaptadas.
Formatos admitidos
El reglamento contempla varios formatos estructurados:
- Facturae: formato XML español ya usado para facturar al sector público (FACe).
- UBL 2.1: formato XML internacional, base de Peppol.
- CII (Cross Industry Invoice): estándar UN/CEFACT.
- EDIFACT: heredado del intercambio EDI clásico.
Todos deben cumplir la norma europea EN 16931 para asegurar interoperabilidad entre países.
Diferencia con Verifactu
Son obligaciones distintas que pueden convivir:
- Verifactu regula CÓMO genera el software cada factura (registro firmado, hash, envío opcional a la AEAT). Aplica a casi cualquier facturación, incluida B2C.
- Factura electrónica B2B regula EL FORMATO en que la factura viaja entre dos empresas (XML estructurado, no PDF). Solo aplica a operaciones entre empresas o autónomos.
Una factura puede tener que cumplir ambos requisitos a la vez: generada por software Verifactu y entregada en formato electrónico estructurado al cliente B2B.
Plataforma pública de facturación electrónica
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) operará una solución pública de facturación electrónica gratuita para que cualquier empresa pueda cumplir sin contratar software de pago. Pero su uso es voluntario: lo habitual es seguir usando el ERP propio si está adaptado.
Las empresas deberán además remitir información sobre el estado de la factura (aceptada, rechazada, pagada) a la AEAT.
Software compatible
Casi todos los ERPs y programas de facturación españoles están adaptándose. Algunos ya soportan emisión y recepción en formato estructurado:
- Holded, Sage, A3, Contasol, Anfix, FacturaScripts, Odoo, SAP, Microsoft Dynamics.
- Plataformas EDI tradicionales (EDICOM, SERES, B2Brouter) que llevan años trabajando con Facturae y Peppol.
Si tu ERP no está en la lista oficial, conviene migrar antes de la fecha límite. Tenemos servicio dedicado de migración de ERP antiguo a Holded, incluyendo configuración Verifactu y emisión en Facturae.
Errores típicos al adaptarse
- Pensar que un PDF “ya es electrónico”: no lo es. Solo el formato estructurado cuenta.
- Olvidar la recepción: hay que poder recibir facturas electrónicas, no solo emitirlas.
- No avisar a clientes y proveedores: el cambio afecta a ambas partes y conviene coordinarse.
- Confundir factura electrónica con e-Reporting: son obligaciones europeas distintas, aunque relacionadas.
Cómo prepararte
- Confirma con tu asesoría tu fecha exacta de obligación.
- Verifica que tu ERP soporta Facturae o UBL 2.1 con norma EN 16931.
- Comprueba que también puedes recibir facturas en formato estructurado.
- Avisa a clientes B2B clave con antelación.
- Si emites facturas desde tu web (tienda B2B, marketplace), valida que la pasarela también está preparada.